De los menores infractores...

0

Por Rodrigo Juárez Ortiz


Los medios nos dicen que en la Cámara de Diputados se aprobó la reforma constitucional en materia de justicia para adolescentes y se turnó a las legislaturas de los estados para sus efectos constitucionales.

Una vez más, se recurre a una reforma constitucional (ya van casi seiscientas, desde 1917) para legislar, por parte del Congreso Constituyente, en una materia que ha cambiado de óptica por cuanto a que, obviamente, se ha modificado el estilo de vida en la actualidad.

En efecto, esto es concomitante, toda vez que el derecho es un fenómeno, producto de la cultura, no de natura, que está en constante desarrollo y debe ser acorde con la realidad que se vive cotidianamente en cualquier país del mundo..

De esta guisa, México, cuando menos en la intención, ha procurado tener bienes jurídicamente protegidos para salvaguardar los derechos fundamentales y otorgar las garantías constitucionales de los mismos, sin embargo, tal parece que en algunas ocasiones nuestro “próceres” padecen de diarrea legislativa y las leyes aprobadas las publicitan a más no poder, sin embargo, vox populi nos dice que hay un gran distanciamiento entre la norma producto de la legislación y la realidad en la que se pretende aplicar.

En efecto, es público y notorio que México cuenta, en algunos casos, con leyes de avanzada, con normatividad jurídica de vanguardia, sin embargo, fácticamente hablando también se sabe que hay grandes problemas tanto en la procuración como en la administración de justicia, de tal suerte que también se sabe de la gran cantidad de personas que han padecido injusticias provocadas por errores, manipulaciones, desahogo de venganzas a través de servidores públicos, y lo más grave, a través de la corrupción, es decir, que mientras no se depuren los sistemas de procuración y de impartición de justicia en nuestro país, los gobernados, los destinatarios de las normas jurídicas, nunca podrán disfrutar del fin final del derecho que es la justicia.

Lo anterior porque la reforma constitucional en materia de justicia para adolescentes, se refiere a los párrafos cuarto y sexto del artículo 18 y el inciso c) de la fracción XXI del artículo 73 de nuestra Carta Constitucional que faculta al Congreso de la Unión a expedir una legislación única en el área de justicia penal para adolescentes.

Es el caso que los hechos violentos que nos abruman y lastiman en todo el país, se han estado dando, en un porcentaje bastante elevado, por jóvenes, muchos de los cuales son menores de dieciocho años, porque el hampa los escoge y entrena para delinquir a sabiendas de que su minoría de edad les va a permitir no tener sanciones privativas de libertad y así poder evadir la acción de la ley con más facilidad.

Entonces como sociedad estamos en un dilema o bien, sancionamos a los menores infractores, jóvenes ninis (por falta de oportunidades) o se les castiga con penas privativas de libertad induciéndolos a radicalizar su postura frente al mundo y la vida.

En efecto, no podemos generalizar sobre la conducta delictiva de algunos jóvenes, pero tampoco podemos contemporizar con ello, de tal suerte que se establece en esta reforma que el internamiento de un menor se utilizará como un acto extremo y por el tiempo más breve que proceda y sólo aplicable a los adolescentes mayores de catorce años y menores de 18 por la comisión o participación en un acto delictivo. Y también, que los menores de doce años a quienes se atribuyan actos delictivos, sólo podrán ser sujetos de asistencia social. Teniendo los menores de catorce y mayores de dieciocho años la prisión o detención sólo como medida extrema y por el tiempo más breve posible, purgándose en sitios distintos a donde están los adultos delincuentes.

Si consideramos que un menor delincuente es producto de una mala educación, una débil formación y una falta de oportunidades para desarrollarse adecuadamente en nuestra sociedad, debe entenderse que es responsabilidad de la misma sociedad el que se den la reinserción social para evitar que se desarrollen aún más el potencial delictivo.

En suma no basta con tener magnificas leyes, lo relevante es que se cumplan y se hagan cumplir y concomitantemente se eduque y forme a nuestros niños y jóvenes para su integración adecuada a la sociedad en que habitan. De lo contrario todo queda en letra muerta.

O usted, preocupado lector, ¿qué opina?



El contenido plasmado en este blog es producto de la reflexión de su autor, de sus colaboradores y de los pensadores que en él se citan. Cualquier semejanza con la realidad o alguna ficcón literaria, televisiva, psicótica paranoide o de cualquier otra índole es mera coincidencia

Periplos en red busca crear espacios intelectuales donde los universitarios y académicos expresen sus inquietudes en torno a diferentes temas, motivo por el cual, las opiniones e ideas que expresan los autores no reflejan necesariamente las de Periplos en red , porque son responsabilidad de quienes colaboran para el blog escribiendo sus artículos.



Periplos en Red

Grab this Headline Animator

 
Ir Abajo Ir Arriba